Cambios en Seguridad y Custodia para Propietarios de Armas
Las nuevas regulaciones en España sobre la tenencia y custodia de armas en domicilios ya son oficiales. La normativa actualiza las medidas de seguridad obligatorias, estableciendo requisitos más estrictos para la protección de armas de fuego y municiones.
Clasificación y Custodia de Armas
La seguridad exigida varía según la categoría del arma. Las armas cortas de 1ª categoría requieren un armero con grado de resistencia III, mientras que las armas largas de 2ª.2 necesitan uno de grado I. Si en un mismo armero se guardan armas de distintas categorías, este deberá cumplir con la exigencia más alta.
Capacidad y Uso Compartido de Armeros
Se han definido volúmenes mínimos de almacenamiento: 4,5 litros para armas cortas y 20 litros para armas largas. Además, se permite compartir armeros entre convivientes, siempre que acrediten su relación ante la Guardia Civil y cumplan con los requisitos de seguridad exigidos.
Certificación y Vida Útil de los Armeros
Los armeros y cajas fuertes deberán contar con un certificado de conformidad emitido por un organismo acreditado. Se establece una vida útil para estos dispositivos, siendo válidos hasta el fin de su funcionalidad, aunque los nuevos propietarios deberán asegurarse de que cumplen con la normativa vigente.
Período de Transición y Entrada en Vigor
La norma incluye un plazo de 30 meses para la implementación de las nuevas exigencias de seguridad según la norma UNE EN 1143-1. Durante este tiempo, se aceptarán armeros certificados bajo normativas anteriores.
Conclusión
🔎 Principales Cambios en la Normativa
- Clasificación de armas y seguridad: Se han establecido diferentes niveles de seguridad según la categoría del arma. Las armas cortas de 1ª categoría requieren grado de resistencia III, mientras que las armas largas de 2ª.2 deben cumplir con grado de resistencia I.
- Responsabilidad individual: Aunque un armero sea compartido entre titulares, cada propietario sigue siendo responsable de la seguridad y del acceso restringido a las armas.
- Compatibilidad de almacenamiento: Si un mismo armero contiene armas de diferentes tipos, debe cumplir con el nivel de seguridad más alto exigido.
- Capacidad mínima: Se establece un volumen mínimo de 4,5 litros para armas cortas y 20 litros para armas largas. Además, hay restricciones específicas para cámaras acorazadas.
- Compartir armero entre convivientes: Es posible siempre que se acredite la convivencia, se respete la capacidad y se cumpla con la normativa de seguridad más estricta.
- Certificación obligatoria: Los armeros deben contar con un certificado de conformidad emitido por un Organismo de Control acreditado.
- Plazo de adaptación: Se concede un período de 30 meses para incorporar la nueva versión de la norma UNE EN 1143-1, permitiéndose dispositivos certificados bajo normas anteriores hasta entonces.
- Vida útil de los armeros: Los armeros existentes seguirán siendo válidos hasta el fin de su vida útil, pero los nuevos propietarios deben verificar su conformidad con la resolución.